lunes, 6 de septiembre de 2021

Semana 8 2p1q El Derecho y La Justicia

El Derecho y La Justicia

Semana 8 2p1q (06 agosto al 10 de septiembre)

El Derecho y La Justicia

Los pueblos siempre sintieron la necesidad de tener sus propias leyes. Es así que las leyes más antiguas estaban relacionadas con normas religiosas y morales que sirvieron de base para ir estructurando leyes acordes a las necesidades de un pueblo, aunque muchas de ellas no fueron justas, equitativas y humanas.

El Código Civil trae la siguiente definición de ley: “Ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite”.

El trabajo regulado por el Derecho Laboral se caracteriza por ser:

Personal. El trabajo debe ser realizado por quien ha sido contratado, no se admite la sustitución del trabajador.

Voluntario. El trabajador es libre en el momento de comprometerse a realizar un trabajo y también para dar por terminada una relación laboral.

Retribuido. El trabajador recibe una remuneración del empresario o empleador a cambio del trabajo realizado.

Prestado por cuenta ajena. A diferencia del trabajo por cuenta propia, el trabajador por cuenta ajena no recibe el fruto o producto de su trabajo, sino que el fruto pertenece al empresario, a cambio de un salario, existiendo ajenidad tanto en los riesgos como en los beneficios.

Subordinado al poder del empleador o empresario. Esta subordinación solamente se puede ejercer en el ámbito de la empresa, sin extenderse a la esfera personal del trabajador.

Toma en cuenta que...

¿Qué es un accidente de trabajo?

Es un suceso imprevisto y repentino que ocasiona al trabajador(a) lesión corporal o perturbación funcional, la muerte inmediata o posterior; con ocasión o consecuencia del trabajo. También se considera accidente de trabajo, el que puede sufrir el trabajador al ir desde su domicilio a su lugar de trabajo o viceversa.

Tienen derecho a esta prestación desde el primer día de labores.

Trámite para reportar un accidente de trabajo en Ecuador.

• El empleador, el propio afiliado(a) o un familiar, debe informar al IESS la ocurrencia del siniestro, mediante la presentación del Aviso, en un plazo máximo de diez 10 días laborables, contados desde la fecha del accidente.

• Es importante que el empleador se encuentre al día en el pago de los aportes mensuales, pagados dentro de los 15 primeros días del mes subsiguiente al que corresponden los aportes.

• Los documentos y declaraciones testimoniales se receptan en las oficinas de Riesgos del Trabajo de la respectiva Dirección Provincial, Subdirecciones Provinciales, Departamentos Provinciales y Grupos de Trabajo, de acuerdo a su jurisdicción.

Principios generales de la Legislación Laboral

La legislación del trabajo, se sostiene en el derecho social; como su nombre lo indica, es producto de una existencia social y no individual. Representa una garantía para el trabajador, contiene principios especiales de los cuales resaltamos los más importantes.

¿Qué es el Código de Trabajo? 

El Código de Trabajo es un instrumento legal de interés tanto para el trabajador como para el empresario. Esta relación de trabajo que se da en ambas partes se denomina relación laboral, es decir, una relación de trabajo.

¿Qué establece la Ley?

El Artículo 4 del Código de Trabajo establece que: “Los derechos del trabajador son irrenunciables. Será nula toda estipulación en contraria”. Ejemplo: Si un trabajador firmara un Contrato de Trabajo donde se establece que su remuneración será inferior a la fijada por la ley se considerará nulo dicho contrato y el trabajador tendrá derecho reclamar un salario justo.

¿Qué establece la Ley?

El Artículo 7del Código de Trabajo establece que: “En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales en materia laboral, los funcionarios judiciales y administrativos las aplicarán en el sentido más favorable a los trabajadores” Ejemplo: Cuando entre el patrono y el trabajador ha surgido un conflicto laboral y habiéndolo presentado ante la persona competente (juez o funcionario administrativo), y no encontrándose la disposición legal clara, deberá emitir su fallo a favor del trabajador, es aquí donde se aplica el “Indubio pro labore” que quiere decir ante la duda a favor del trabajador.

¿Qué establece la Ley?

El Artículo 79 del Código de Trabajo establece que: “A trabajo igual corresponde igual remuneración, sin distinción del sexo, raza, nacionalidad o religión; más la especialización y practica en la ejecución del trabajo se tendrá en cuenta para los efectos de la remuneración”. No existe favoritismos, excepciones, preferencias, discriminaciones para los trabajadores, este, artículo determina también que el trabajador debe aportar todas sus facultades físicas y mentales para un trabajo eficiente y para que pueda percibir un salario.

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL TRABAJADOR Y EMPLEADOR

Código Del Trabajo Art. 9.- Concepto de trabajador.- La persona que se obliga a la prestación del servicio o a la ejecución de la obra se denomina trabajador y puede ser empleado u obrero.

CONCORDANCIA CÓDIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 2022

LEY DE SEGURIDAD SOCIAL, Arts. 9

OBLIGACIONES

Código del Trabajo Art. 45.- Obligaciones del trabajador.- Son obligaciones del trabajador:

a)  Ejecutar el trabajo en los términos del contrato, con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, en la forma, tiempo y lugar convenidos;

b)  Restituir al empleador los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles de trabajo, no siendo responsable por el deterioro que origine el uso normal de esos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito o fuerza mayor, ni del proveniente de mala calidad o defectuosa construcción;

c)  Trabajar, en casos de peligro o siniestro inminentes, por un tiempo mayor que el señalado para la jornada máxima y aún en los días de descanso, cuando peligren los intereses de sus compañeros o del empleador. En estos casos tendrá derecho al aumento de remuneración de acuerdo con la ley;

d) Observar buena conducta durante el trabajo;

e) Cumplir las disposiciones del reglamento interno expedido en forma legal;

f) Dar aviso al empleador cuando por causa justa faltare al trabajo;

g) Comunicar al empleador o a su representante los peligros de daños materiales que amenacen la vida o los intereses de empleadores o trabajadores;

h) Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurra, directa o indirectamente, o de los que él tenga conocimiento por razón del trabajo que ejecuta;

i) Sujetarse a las medidas preventivas e higiénicas que impongan las autoridades; y,

j) Las demás establecidas en este Código.

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL TRABAJADOR

Código Del Trabajo Art. 9.- Concepto de trabajador.- La persona que se obliga a la prestación del servicio o a la ejecución de la obra se denomina trabajador y puede ser empleado u obrero.

CONCORDANCIA CÓDIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 2022

LEY DE SEGURIDAD SOCIAL, Arts. 9

PROHIBICIONES

Código Del Trabajo Art. 46.- Prohibiciones al trabajador.- Es prohibido al trabajador:

a) Poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de otras personas, así como de la de los establecimientos, talleres y lugares de trabajo;

b) Tomar de la fábrica, taller, empresa o establecimiento, sin permiso del empleador, útiles de trabajo, materia prima o artículos elaborados;

c) Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la acción de estupefacientes;

d) Portar armas durante las horas de trabajo, a no ser con permiso de la autoridad respectiva;

e) Hacer colectas en el lugar de trabajo durante las horas de labor, salvo permiso del empleador;

f) Usar los útiles y herramientas suministrados por el empleador en objetos distintos del trabajo a que están destinados;

g) Hacer competencia al empleador en la elaboración o fabricación de los artículos de la empresa;

h) Suspender el trabajo, salvo el caso de huelga;

i) Abandonar el trabajo sin causa legal.

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